Las start-ups, para poder desarrollar su proyecto empresarial y obtener financiación, suelen optar por el planeamiento de rondas de inversión con las que entra nuevo capital y socios. Comúnmente, dentro de estas primeras rondas se incluyen las conocidas ronda de Family&Friends, que van dirigidas a personas físicas de confianza de los socios fundadores.

Sin embargo, una vez realizada la consiguiente inversión mediante el clásico procedimiento de ampliación de capital (con o sin prima de emisión, para no diluir la participación de los socios fundadores frente a los nuevos socios o inversionistas), hasta el 31 de Enero del siguiente ejercicio, la Ley de Emprendedores instauró la presentación de una Declaración de Inversión que permite a todos aquellos inversionistas que sean personas físicas practicar una deducción en su IRPF por dicha inversión.

Nos referimos al Modelo 165 que suele ser el gran olvidado en este tipo de operaciones, y que bonifica al inversionista en su IRPF al poder deducirse el importe de la inversión realizada en la empresa.

El Modelo 165 consiste en una declaración informativa adicional que debe realizar la empresa a la Administración, y donde las entidades de nueva o reciente creación comunican las inversiones realizadas por terceros que sean personas físicas, emitiendo a su vez a favor de dichos inversionistas el consiguiente Certificado de empresa con el que dichos inversionistas pueden deducirse en su IRPF las aportaciones al capital social de la empresa.

Es muy importante tener en cuenta esta declaración, ya que permite al inversionista poder deducirse el 20% de las cantidades aportadas al capital de la empresa, siendo de un 20% de las cantidades aportadas al capital de la empresa hasta un límite de 50.000 euros de base de deducción y deducirá el 20% de la cantidad efectiva aportada con el límite de 10.000 euros.

Para que el inversor pueda practicarse esta deducción, se tienen que cumplir unos parámetros muy sencillos por parte de la empresa y de la inyección de capital realizada: (i) que el inversor no controle directa o indirectamente más del 40% de la empresa; (ii) que la empresa tenga una actividad económico empresarial no consistente en la gestión de patrimonios, contando con domicilio activo y trabajadores por cuenta ajena a su cargo; y (iii) que los fondos propios de la entidad no pueden superar los 400.000,00.-€ en el momento de inicio del ejercicio en el que el contribuyente adquiere dicha participación en la empresa.

El Modelo y Certificado de empresa son documentos muy sencillos de cumplimentar, cuya repercusión fiscal para la empresa e inversores es muy favorable para todos.

Os recordamos la importancia de esta deducción, ya que puede ser un aliciente para que accedan más inversores a vuestro proyecto empresarial.

Departamento de Derecho Financiero y de empresa – emprendedores.

Mayte Martín de la Fuente